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RESOLUCIÓN Nº 021 DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE LA COOPERATIVA MULTIACTIVA 8 DE MARZO LIMITADA.
POR LA CUAL SE REGLAMENTA EL USUFRUCTO DE LAS INSTALACIONES DE LA SEDE SOCIAL.
Considerando: Que es deber fundamental de las autoridades de la Cooperativa resguardar el patrimonio y los bienes de la Institución, la Presidencia del Consejo de Administración de la Cooperativa 8 de Marzo Limitada, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE:
Art. 1º) Establecer como requisito principal que los/as socios/as interesados/as en usufructuar las instalaciones de la Sede Social presenten nota de solicitud dirigida a la Presidencia del Consejo de Administración, explicando los motivos y fines.
Art. 2º) El uso de la Sede Social, se dará para los acontecimientos que guarden relación con los/as asociados/as, cónyuges o familiares comprendido dentro del primer grado de consanguinidad (hijos y padres del/a socio/a).
Art. 3º) De las documentaciones: Para la aprobación de la solicitud, el/la interesado/a deberá presentar documentos probatorios que acrediten su condición como tal:
- Del/la socio/a:
a- Nota de solicitud,
b- Cédula de Identidad civil actualizada del/la socio/a.
- Del cónyuge:
a- Nota de solicitud,
b- Cédula de Identidad Civil actualizada del/la socio/a,
c- Certificado de matrimonio o libreta de familia.
- De los/as hijos/as:
a- Nota de solicitud,
b- Cédula de Identidad Civil actualizada del/la socio/a,
c- Certificado de nacimiento.
- Del padre y de la madre:
a- Nota de solicitud,
b- Cédula de Identidad Civil actualizada del/la socio/a,
c- Certificado de nacimiento del/a socio/a.
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