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RESOLUCIÓN Nº 021 – DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE LA COOPERATIVA MULTIACTIVA “8 DE MARZO” LIMITADA.

POR LA CUAL SE REGLAMENTA EL USUFRUCTO DE LAS INSTALACIONES DE LA SEDE SOCIAL.

Considerando: Que es deber fundamental de las autoridades de la Cooperativa resguardar el patrimonio y los bienes de la Institución, la Presidencia del Consejo de Administración de la Cooperativa “8 de Marzo” Limitada, en uso de sus atribuciones,

RESUELVE:

Art. 1º)
Establecer como requisito principal que los/as socios/as interesados/as en usufructuar las instalaciones de la Sede Social presenten nota de solicitud dirigida a la Presidencia del Consejo de Administración, explicando los motivos y fines.

Art. 2º) El uso de la Sede Social, se dará para los acontecimientos que guarden relación con los/as asociados/as, cónyuges o familiares comprendido dentro del primer grado de consanguinidad (hijos y padres del/a socio/a).

Art. 3º) De las documentaciones: Para la aprobación de la solicitud, el/la interesado/a deberá presentar documentos probatorios que acrediten su condición como tal:

  1. Del/la socio/a:
    a- Nota de solicitud,
    b- Cédula de Identidad civil actualizada del/la socio/a.

  2. Del cónyuge:
    a- Nota de solicitud,
    b- Cédula de Identidad Civil actualizada del/la socio/a,
    c- Certificado de matrimonio o libreta de familia.

  3. De los/as hijos/as:
    a- Nota de solicitud,
    b- Cédula de Identidad Civil actualizada del/la socio/a,
    c- Certificado de nacimiento.

  4. Del padre y de la madre:
    a- Nota de solicitud,
    b- Cédula de Identidad Civil actualizada del/la socio/a,
    c- Certificado de nacimiento del/a socio/a.


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