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1.- INTRODUCCION:
El presente reglamento tiene por objeto cumplir con dos finalidades específicas. Por una parte satisfacer las exigencias establecidas en los Estatutos Sociales (Artículo 137°); y por otra parte servir de guía a los socios prestatarios en la canalización de los recursos obtenidos, sea para destinar hacia actividades productivas, o para enfrentar requerimientos eventuales de carácter personal, y de esta forma alcanzar mayor bienestar de los mismos y sus familiares.
2.- OBJETIVOS:
2.1. Proveer de recursos financieros para adquirir bienes de consumo, capital o de producción, que posibiliten a los socios acrecentar sus ingresos,
2.2. Facilitar los medios financieros para adquirir al contado bienes y/o servicios, procurando así un ahorro en las compras,
2.3. Proporcionar los fondos necesarios para atender eventuales emergencias de orden personal y/o familiar de los socios.
3.- TIPO DE CREDITOS:
Las líneas de créditos que la Cooperativa ofrece son los siguientes:
3.1. Ordinarios,
3.2. Especiales,
3.3. Emergencias,
3.4. Extraordinarios,
3.5. Hipotecarios,
3.6. Prendarios,
3.7. Créditos a Sola Firma.
3.1. CREDITOS ORDINARIOS:
Son considerados los destinados para los siguientes fines:
3.1.1. Adquisición de muebles y enseres del hogar,
3.1.2. Pagos de servicios médicos normales,
3.1.3. Educación, matrícula, mensualidades de estudios, adquisición de libros,
3.1.4. Vestuario, adquisición de vestimenta en general,
3.1.5. Pago de compromisos de diversa índole (impuestos, tasas, etc.),
3.1.6. Adquisición de repuestos para vehículos y/o gastos de mantenimientos,
3.1.7. Otras obligaciones que por su naturaleza se encuentran comprendidas o relacionadas con las especificaciones precedentes,
3.2. CREDITOS ESPECIALES:
Son considerados aquellos que permitan al socio un aumento de sus ingresos o el incremento de su patrimonio como ser:
3.2.1. Compra de equipos, herramientas, casas, materiales para construcciones, compra de terreno y/o lotes etc.,
3.2.2. Compra de máquinas industriales,
3.2.3. Compra de materias primas para la producción,
3.2.4. Construcciones, modificaciones, ampliaciones y mejoramiento de la vivienda familiar,
3.2.5. Otros que por su naturaleza se encuentran comprendidos o relacionados con las especificaciones precedentes,
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